El presente trabajo se centra en el estudio del establecimiento del matrimonio monogámico -cristiano en las sociedades amerindias que por general practicaban muchas formas diferentes de relaciones entre las parejas heterosexuales, predominantemente, la poliandria y la poligamia. Al mismo tiempo, se trata de mostrar como el establecimiento del matrimonio monogámico implicaba la consolidación del proceso de aculturación y la adopción de los patrones occidentales de organización social. Por eso se muestra como la sexualidad a pesar de ser reconocido como un aspecto intimo de las personas es uno de los más regulados y que esta regulación ha sido esencial en la construcción del Estado y la Sociedad siendo la imposición de determinados patrones religiosos el elemento que sella este proceso no el que lo funda.
Palabras claves: Sexualidad, Matrimonio, Monogamia, Estado, Sociedad, Catolicismo, Religión.
Con el fin de mantener su estabilidad, las comunidades han desarrollado todo tipo de instancias para aumentar o limitar la población. La relación entre los sexos no es simplemente un acto íntimo, sino el fundamento para la conformación del núcleo básico en toda sociedad, que estimula o controla la procreación. Pero la relación entre los sexos y su regularización, de acuerdo a la complejidad de cada sociedad, ha ido convirtiéndose en un elemento que trasciende la procreación. A través de una legislación directa o indirecta, mediante normas sociales o religiosas, la, regularización de la relación de las parejas ha sido esencial para el establecimiento de un núcleo humano básico, que a la vez que asegurar la procreación, asegura el mantenimiento de las costumbres, el orden social y determinadas políticas.
Las estructuras estables, que permiten la reproducción del grupo en las sociedades humanas, son instituidas conjuntamente por la naturaleza y la cultura. En realidad, lo que importa no es sólo la reproducción de los individuos sino del sistema cultural que los une y organiza sus relaciones[1]. La institución del matrimonio tiene un doble cariz. Por una parte, tiene consecuencias profanas y, por otra, religiosas. De manera tal, que el matrimonio se encuentra regulado, codificado y controlado por una maraña de ritos y prohibiciones. De ritos, porque se trata de hacer público, y así legalizar y socializar, un acto privado e íntimo; y de prohibiciones, porque se trata de establecer la frontera entre la norma y la marginalidad, 1o lícito y 1o ilícito, lo puro y lo impuro.
Tanto el rito como las prohibiciones tienen que ver con 1o profano y 1o religioso. En consecuencia, se encuentran en una encrucijada entre 1o natural y lo sobrenatural. En la medida en que se trata de regularizar las relaciones entre hombres y mujeres, mediante la copulatio, se entreabre el campo de 1o misterioso, de la sexualidad y de la procreación, es decir, el campo de 1o sagrado.
En el período colonial, y en gran parte todavía hoy, la reproducción de la especie y la formación de un hogar para la educación de los hijos (as), fue y es un medio de socialización de la moral y de la política y, por tanto, un núcleo fundamental en las relaciones de poder. El establecimiento del matrimonio monogámico y la familia patriarcal, entre la población nativa, fueron una base imprescindible para el afianzamiento de la sociedad colonial y las estructuras económicas y políticas características de dicho régimen.
Este proceso fue gradual. Al llegar los ibéricos a América, se enfrentaron con una variedad de normas sexuales que chocaban con la definición de sexualidad que se estaba estructurando en Europa en ese momento. La poligamia era común entre los pueblos nativos y se hicieron muchos esfuerzos por parte de teólogos y canonistas para entender el valor del matrimonio en las diferentes comunidades amerindias. Al comienzo del siglo XVI, la unión consensual entre europeos, nativos y africanos fue lo dominante y la base de la población mestiza del siglo siguiente. Fue en la segunda mitad del siglo XVI y a 1o largo del siglo XVII y XVIII, que logró imponerse el patrón de la Europa cristiana en las formas de relación entre los sexos y, al mismo tiempo que el control sexual fue mayor, se cimentó la sociedad estratificada, racial y socialmente.
EI objetivo de este artículo es explicar este proceso en el mundo colonial hispanoamericano tomando para ello el caso del Nuevo Reino de Granada, (actual Colombia) específicamente en la jurisdicción del Arzobispado de Santa Fe, en el siglo XVI. Para tal efecto, comenzaré por exponer 1os cambios que se vivían en Europa, especialmente la institucionalización del matrimonio, dado que fue el modelo impuesto, y luego las medidas que se tomaron para implantarlo en el Nuevo Reino.
En muchas sociedades, y concretamente en la de la Alta Edad Media, el matrimonio estaba regido por dos poderes diferentes, en parte complementarios y en parte concurrentes, que trataban de organizarlo en el derecho y en el ceremonial.
Los historiadores de la cristiandad medieval señalan que a partir del año 1000 comenzó a ser abundante la documentación sobre regulación matrimonial, básicamente para las clases nobiliarias, porque el pueblo se reproducía más libremente.[2] Para entonces, se inició un proceso de compilación jurídica. El derecho romano fue reunido en los códigos de Justiniano, y tuvo un cierto rejuvenecimiento. Por su parte, el derecho canónico no tenía un texto clásico parecido y existían numerosas contradicciones que fueron resueltas en la universidad de Bolonia, especialmente por el monje camandulense Graciano, en su obra Concordia discordatium canonum (Concordancia de las !eyes contradictorias), publicada hacia el año 1140, conocida como el Decretum y sinónimo de derecho canónico.[3]
Este período coincidió con una fase de conflictos entre los dos poderes, en el cual lo religioso tendía a prevalecer sobre 1o civil. Desde el lado laico, se trataba de preservar a 1o largo de generaciones el patrimonio territorial y el modo de producción característico de una sociedad rural; desde el modelo eclesiástico, se busca salvar las almas y para ello era necesario refrenar los impulsos de la carne, es decir, encauzar dentro de estrictos límites los excesos de la sexualidad.
Desde la perspectiva civil, se quería mantener el estado de una “casa", asegurando la transmisión de capital, de bienes, gloria y honor, y garantizar a la descendencia, un rango al menos igual al que disfrutaron los antepasados. Por eso, los responsables del patrimonio familiar consideran que era su derecho y su deber el casar a los jóvenes y casarlos bien. A las doncellas trataban de “negociarlas" lo mejor posible, según su poder de procreación y las ventajas que se suponía debían trasmitir a su progenitura. Por otra parte, las familias también debían ayudar a los varones a tomar mujer, a hacerlo en otra casa y a introducir a su esposa en la suya, en la que dejaba de depender de su padre, sus hermanos y sus tíos, para someterse a su marido, a pesar de 1o cual no era considerada igual a las mujeres de la casa de su marido y estaba condenada a seguir siendo una extraña en su nueva casa. El matrimonio civil de la nobleza en la alta Edad Media era, entonces, producto de largas y sinuosas transacciones, en las que estaban implicados los miembros de ambas familias, y que muchas veces precedían, en mucho tiempo, a la consumación del matrimonio.
Por su parte, la Iglesia intenta rectificar algunas costumbres laicas. Para los eclesiásticos, 1o primordial era el acuerdo entre las almas, por eso 1o esencial para la Iglesia era el consenso mutuo. Esto la llevaba por un camino que conducía a liberar a los jóvenes de las presiones familiares y a hacer de los esponsales una cuestión de elección individual, independiente de cualquier control señorial. Pero, al mismo tiempo, la Iglesia aumenta las trabas en otros sentidos. Defendía absolutamente la monogamia, condenaba la repudiación, las segundas nupcias y multiplicaba las prohibiciones matrimoniales por consanguinidad y cualquier forma de parentesco artificial. La reflexión y el esfuerzo eclesiásticos en la reglamentación del matrimonio estaban relacionados con dos combates que la Iglesia libra en su interior, en ese mismo período. Por una parte, contra el nicolaísmo: los clérigos manifestaban una gran reticencia a desprenderse de sus vínculos conyugales, y reivindicaban el hecho de poder utilizar el matrimonio como un recurso, un remedio a la fornicación. Por otro lado, estaba el combate contra las sectas hiperascéticas, que consideraban que todo trato carnal era fornicación, 1o que los llevaba a rechazar radicalmente el matrimonio[4] .
En esta confrontación, las autoridades eclesiásticas encontraban apoyo en otros sectores laicos, que tenían una tercera posición. No admitían que el sacerdote: quien consagraba la hostia, estuviese en posesión de una mujer, 1o que consideraban como la mayor profanación y 1o más alejado de 1o sagrado, pero veían al matrimonio como el estado perfecto para el laicado. Tanto la Iglesia castellana como la Iglesia carolingia, en los siglos XI Y XII, trataron de perfeccionar la inserción del matrimonio cristiano en las ordenanzas globales de la ciudad terrenal y propusieron la célula conyugal como el marco normal de toda la vida laica y, al ir poco a poco estableciendo normas y ritos, acabaron haciendo del matrimonio una institución religiosa.
Este proceso, que demoró varios siglos, situó en el centro de la operación matrimonial el consentimiento mutuo, o más bien, dos compromisos sucesivos: los desposorios, palabra de casamiento de futuro (verba de futuro) y palabra de casamiento de presente (verba de praesenti) .La palabra de casamiento era la clave para iniciar las relaciones entre los hombres y las mujeres, y sus diferentes significaciones fueron resumidas en las Siete Partidas españolas, escritas entre 1256 y 1265[5]. En ellas se buscaba conciliar las distintas interpretaciones de la "palabra de casamiento", enunciadas por los canonistas italianos. Graciano, -en su Decretum de 1140-- y Pedro Lombardo -Sententiae de 1152- y por el derecho castellano.
El papa Alejandro III (1159-1181) buscó conciliar las posturas de los diferentes canonistas, aceptando la promesa de matrimonio en el futuro como una unión no consumada (matrimonium initiatum). Si se daba la unión carnal antes de la promesa futura, con o sin la intervención de la Iglesia, el matrimonio era consumado y valedero (matrimonium consummatum). Las promesas verbales eran revocables, siempre y cuando no hubiera habido relación sexual. La unión física era de suma importancia, aunque el tema del consentimiento mutuo era el elemento central en la perspectiva religiosa. En cambio, las leyes civiles, como las Siete Partidas o las Ieyes de Toro, seguían reconociendo los intereses de la familia y el Estado. El IV Concilio de Letrán (1213- 1215), convocado por Inocencio III, incluyó entre sus tareas un vasto programa de reforma de la Iglesia, en el cual se reforzó y racionalizó la legislación del matrimonio[6]
A pesar de todos estos ritos y normativas, la sociedad medieval cristiana no era estrictamente monógama. Y no lo era, porque los ritos matrimoniales tenían que ver básicamente con la nobleza y poco cobijaban a las clases subalternas. Además, porque la sexualidad de la aristocracia era juzgada con una doble moralidad. Aunque sólo se permitía una esposa a la vez, no se negaba al marido, o más bien al grupo familiar, el poder romper la unión cuando le convenía expulsar a la mujer para buscar otra y reactivar con este fin la “caza” de los buenos partidos. Todos los compromisos de matrimonio tenían, entre otras funciones, la de proteger los intereses materiales de la esposa y de su linaje.
La sexualidad masculina lícita no estaba absolutamente encerrada en el marco conyugal. La moral recibida, aquella que cada uno aparentaba respetar, obligaba al marido a atender a su esposa, pero no le obligaba en absoluto a no utilizar otras mujeres antes de su matrimonio, durante o después, en su viudez. Hay numerosos indicios que atestiguan la frecuente y pública ostentación del concubinato, de los amores domésticos y de la prostitución, así como la exaltación, en el sistema de valores, de las hazañas de la virilidad. Por el contrario, en la mujer 1o que se exaltaba y pretendía, era garantizar celosamente, con toda una trama de prohibiciones, la virginidad; y en el caso de la esposa, la fidelidad y la constancia, pues si no se vigilase el "desenfreno de las mujeres", se corría el peligro de introducir en el seno del parentesco, entre los herederos de la fortuna ancestral, intrusos nacidos de otra sangre, engendrados clandestinamente; los mismos bastardos que los hombres de linaje diseminaban alegremente fuera de la casa y entre la servidumbre.
Poco a poco se fue estableciendo una liturgia matrimonial, mediante la cual, 1o esencial del ritual del matrimonio -que era doméstico y laico- se transfirió primero a la puerta y luego al interior de la Iglesia; al mismo tiempo, comenzó a desarrollarse una ideología del matrimonio cristiano, en la que básicamente se intentó establecer una espiritualización de la unión conyugal.
Este proceso coincidió con las grandes transformaciones económico-sociales que se operaron en Europa a fines de la Edad Media, con el advenimiento del comerciante burgués, que llevó a cambiar las representaciones culturales: este se convirtió en paradigma; recorría solo las ciudades y estableció relaciones reguladas por contratos; su soledad inspiró la concepción individualista del ser humano y de la nueva moral; surgió la distinción entre la vida privada y la vida pública o profesional; también marcó su vida familiar y sus costumbres, la casa de habitación se transformó y se dividió en un espacio privado interior y un lugar de negocio; las funciones se establecieron claramente y fue delimitada con mayor precisión la división de funciones masculinas y femeninas.
En la Edad Media, cuando existía un excedente, este no se ahorraba para invertirlo con miras a un crecimiento; la idea de capitalización no existía; el excedente se despilfarraba en gastos suntuarios, de los cuales, de alguna manera, participaba todo el grupo: la construcción de la catedral, la fiesta y la aristocracia, los torneos y la guerra. El cuerpo era el cuerpo del trabajo -sin que se convirtiera en una herramienta, obtenía 1o necesario para vivir hoy y la próxima estación, pero no capitalizaba en vistas al futuro-, pero el cuerpo era también el cuerpo de la fiesta.
La aristocracia continuó viviendo de acuerdo a su mentalidad y chocaba con la de la burguesía, la cual consideraba que el excedente no debía gastarse en la fiesta, sino que debía ser capitalizado, ahorrado. El "despilfarro" de la aristocracia era visto por la burguesía como un exceso. La naciente mentalidad burguesa era ahorradora y racional; la eficacia y la rentabilidad fueron sus premisas mayores. Toda la vida social de la burguesía naciente estuvo, desde entonces, dominada por el cálculo comercial, y esto repercutió en el concepto sobre el cuerpo; este ya no fue más el cuerpo de la fiesta, fue un medio, un instrumento -una máquina, dirá Descartes-. La sexualidad, a partir de entonces, se controló con un criterio de rendimiento, de acuerdo a la razón. La procreación se debía organizar de acuerdo con el cálculo objetivo. Cuando, poco después se descubrió la importancia de los cuerpos para la formación de los ejércitos y para el trabajo, la preocupación por el crecimiento de la población influyó en el interés que se puso en el cuidado de los recién nacidos y, desde entonces, se desarrolló un discurso civil, haciendo eco al religioso, sobre las funciones de la mujer como madre[7].
La concepción individualista del ser humano y la moral, y la distinción entre vida privada y pública, incidieron en la vida interior. La vida afectiva se privatizó y surgió la mentalidad de "mi vida privada", dando espacio al nacimiento del amor romántico y a la consolidación de la familia nuclear como célula de la sociedad. La familia ampliada, característica de la Edad Media, empezó a desaparecer.
La salud del cuerpo y su individualidad creció, propiciada por la presencia devastadora de la peste negra, que exigió el cambio en las medidas higiénicas, los hábitos alimenticios (desde entonces cada uno tendrá “sus cubiertos") y la transformación de la casa de habitación. Cada vez más, las gentes vivían juntas en las ciudades pero sin conocerse. Desde entonces, 1o individual y 1o interior primaron. Las normas se interiorizaron. Con el tiempo, la vida espiritual pasó a ser sinónimo de vida interior. También se interiorizaron todos los saberes, tanto místicos como científicos, y aquí residió la fuerza de la sociedad burguesa.[8]
La ética del cálculo y del ahorro pasó a ser la base de la nueva moral de los cuerpos y de la vida afectiva o sexual. Para los burgueses, la sexualidad ya no formó parte de la globalidad del mundo, se convirtió en una dimensión individual y aislada del resto de la personalidad. El problema central de la ética burguesa fue el dominio de las pasiones, que por su fuerza irracional eran consideradas una amenaza para el cálculo a que todo debía someterse. Esta perspectiva naciente rescató la visión agustiniana de la sexualidad, del estoicismo y del neoplatonismo, sumado al moralismo rigorista de Guillermo de Ockham (1300-1350), que consideraba a la sexualidad esencialmente como una energía maligna que debía ser reprimida o simplemente orientada a la reproducción de la especie.
La sexualidad, al ser considerada parte de la "vida privada", teóricamente no tenía nada que ver ni con la política ni con la economía, ni con el resto de la historia. Esta concepción de la sexualidad redujo al cuerpo humano a ser un instrumento, una máquina, un medio de producción social. El cuerpo, base primera e indispensable de la existencia de una sociedad, se convirtió en el primer e indispensable medio de producción social y en el principal elemento de las relaciones sociales de producción[9]. Por eso, los cuerpos pasaron a tener una dimensión diferente, que llevó a valorizar la necesidad de proteger a los recién nacidos (la mortalidad infantil hasta el siglo XVIII era enorme[10]) y al discurso civil sobre la preeminencia de las funciones de la mujer como madre y esposa, centro de la familia nuclear.
Desde entonces, la regulación de la procreación y el establecimiento de la familia nuclear pasó a ser controlado, no sólo en las clases nobles y en la burguesía naciente, por razones de herencia de linajes y de riqueza patrimonial, sino que también se hizo necesaria la regulación de la "vida privada" de todas las clases que conformaban la sociedad. De esta manera, con el advenimiento de la burguesía, las relaciones entre fe cristiana y mundo secular variaron notablemente. Después de una lucha entre la nobleza y el clero, por controlar a la sociedad y, por tanto, las relaciones familiares, la familia cristiana se convirtió en uno de los primeros criterios de ascenso social.
La debilidad de la burguesía y del Estado naciente hizo necesario que recurrieran a la institución religiosa para que las promesas solemnes se convirtieran en una sanción sacramental, lo que hacía que la unión conyugal entrara en el orden de 1o sagrado y, por 1o tanto, bajo el dominio clerical. Esta institucionalización religiosa no correspondía para nada a los intereses de la nobleza y sus aliados, y poco importaba a las masas campesinas de Occidente, que desde siglos habían venido poblando los campos europeos sin hacer uso del sacramento del matrimonio como una autorización para reproducirse. Sin embargo, para las minorías ciudadanas, para la burguesía naciente, en busca de ascenso social, el matrimonio cristiano fue bien visto, puesto que así quedaba regulada la distribución de roles sexuales y esto reflejaba la imagen austera que la burguesía quería establecer de ella misma.
Como hemos dicho, la ética burguesa era abiertamente crítica con las costumbres agresivas y libertinas de la clase dominante y era partidaria de definiciones sociales más claras, de una ética de la moderación y aún de la transformación de las relaciones sociales entre los sexos, canalizada únicamente hacia la heterosexualidad y el amor conyugal obligatorio, al servicio de la reproducción. Esta perspectiva sobre la sexualidad, que redujo el cuerpo humana a ser un medio, una maquina, favoreció el desarrollo de la mentalidad capitalista, en la medida en que propició la domesticación del cuerpo y, en especial, de la sexualidad y todas las relaciones humanas, para concentrarlas en la procreación y la producción de riqueza capitalizable.
La división de funciones influyó en la división de los roles masculino y femenino. La mujer debió concentrar toda su energía en las relaciones intrafamiliares, mientras que el hombre solo debía dedicarles un tiempo parcial, la parte de tiempo no utilizable para la producción de riqueza. Las funciones maternales se priorizaron, en la medida en que las actividades extra-familiares se consideraron indignas de la mujer.
Algo tan íntimo como la elección de pareja, aunque teóricamente se defendiera el espacio de la sexualidad como íntimo y privado, pasó a estar aún más controlado, no sólo por la maraña de instituciones civiles y religiosas de la Edad Media, sino también por el naciente Estado moderno. Así, desde el siglo XVI, el Estado y la Iglesia cristiana fueron las instituciones llamadas a regular y controlar la relación entre los sexos, en función de la necesidad de adecuación de la sociedad al mundo emergente. Por razones diferentes, la puritanización de las relaciones sexuales fue defendida tanto por la burguesía naciente y los reformadores cristianos, como por la Iglesia católica después de Trento.
La familia nuclear, convertida en el lugar de socialización de la moral y la política, fue una pieza fundamental en la estructuración del poder en el Estado burgués; y el discurso religioso, un elemento clave en este proceso. La división de la Iglesia cristiana, que se produce en el siglo XVI, determinada en fuerte medida por las "diferentes velocidades" de las sociedades europeas en la consolidación del capitalismo, ilustra esta función del discurso religioso. Por un lado, en las iglesias protestantes del centro y norte de Europa se recogió la visión agustiniana y rigorista sobre la sexualidad, que empata claramente con la teología y ética de la sociedad burguesa emergente más desarrollada. Y por el otro, en el sur y parte del centro de Europa, la Iglesia católica, mediante el concilio de Trento (1542-1563), no sólo responde a los desafíos teológicos lanzados por las nuevas "herejías", sino que también esta influenciada por estas transformaciones, que van a determinar la marcha de la historia europea. Las propuestas del concilio, especialmente en 1o que tiene que ver con el establecimiento del matrimonio como sacramento, mantienen la regulación y control entre los sexos, en función de las necesidades de adecuación de la sociedad y la Iglesia al mundo emergente. Se estableció una clara repartición de tareas entre las diferentes categorías sociales. El clero recibió la orden de abstenerse de todo tipo de relación sexual y el celibato clerical se convirtió en una forma de marcar la diferencia. Por tanto, corresponde a los laicos asegurar la perpetuación de la especie en el seno de uniones conyugales estables y monógamas.
En este cambiante contexto se produce el inicio de la colonización en el territorio que los europeos llamaron América, donde, tras la invasión, impusieron el modelo de organicidad de las sociedades europeas.
Aunque en el comienzo, durante la primera mitad del siglo XVI, los europeos cohabitaban con las indígenas, quienes eran entregadas por sus tribus en homenaje o intercambio o alianzas, a los recién llegados, o eran raptadas por estos y violentadas en su intimidad, inmediatamente surgió la necesidad de establecer políticas poblacionales para mantener comunidades estables que permitieran afirmar el proceso de expansión territorial y apropiarse del conocimiento milenario que los indígenas tenían sobre la naturaleza americana.
El aparente exterminio de las estructuras sociales y económicas de las comunidades nativas no niega la simbiosis étnica y cultural que se produjo. Los españoles fueron poseyendo paulatinamente la tradición nativa, que les proporcionaba el conocimiento de la naturaleza. La mujer nativa cumplió un papel determinante en este proceso. Ella fue quien enseñó a 1os europeos nuevos hábitos alimenticios adaptados al clima, miles de recetas higiénicas, como el baño diario y la utilización de elementos naturales en la organización doméstica, así como el uso de hierbas y otros productos naturales para aliviar las enfermedades tropicales.
En el enfrentamiento de estos mundos desiguales, Europa logró, con rapidez, dominar militar, política y económicamente. Sin embargo, los amerindios lograron imponer su matriz cultural, pues ellos eran los amos de la tierra, es decir, de la más antigua tradición humana en nuestro suelo. Los hispanos y negros que llegaron luego, aportaron superestratos trasplantados de su realidad nutriente (África-Europa). La creatividad material amerindia persiste aún en nuestros usos y costumbres, en nuestra culinaria, en los oficios artesanales, así como también su creatividad artística se mantiene en nuestro folclor, impregnándolo con la melancolía, la sensibilidad y la emoción de las primeras culturas americanas. La mujer nativa y las esclavas negras, que pronto fueron traídas a este continente, también le sirvieron al blanco, dándole hijos que se convirtieron en mano de obra para el señor.[11]
Los pequeños núcleos de mujeres europeas que llegaron en el siglo XVI ayudaron a imponer los modelos sexuales europeos de ese período y a desvalorizar la unión entre españoles e indígenas o negras, al mismo tiempo que conferían un alto valor social a la minoría de sus descendientes blancos. La estratificación social, que fue naciendo desde el principio, se vio reforzada por la política colonial de la Corona y la Iglesia, que estimulaban la formación de familias según los modelos ibéricos y les aplicaban sus procedimientos legales.
Con el establecimiento de las familias, el Estado buscaba que ellas fueran el núcleo básico de reproducción de las costumbres culturales, legales, sociales y económicas de Europa en el Nuevo Mundo. En síntesis, se esperaba que la familia fuera un elemento decisivo en el proceso de aculturación de las sociedades nativas y, por tanto, una piedra fundamental en los cimientos de la sociedad colonial.
En la primera mitad del siglo XVI, los misioneros y teólogos llegados al continente hicieron un esfuerzo por establecer 1o que llamaban una Iglesia indiana. Su idea era desarrollar la evangelizaci6n de manera tal, que los nativos convertidos tomarían las riendas de su propia Iglesia, y muchos teó1ogos y canonistas discutieron e intentaron entender la validez del sistema de relaciones de género establecidas entre las comunidades nativas. Los clérigos instalados en América trataban de ajustarse a las disposiciones y ritos de esponsales practicados en la península, que estaban resumidos en las Siete Partidas, al tiempo que buscaban conjugarlas con las costumbres de la tierra.
Dos aspectos concentraban la atención de los pastores: uno estaba relacionado con las costumbres nativas en cuanto al vestido o mejor a la carencia de el, y el otro, con la poligamia existente en la mayoría de las comunidades, con las cuales entraron en contacto.
El concepto sobre la sexualidad y el manejo que los nativos, especialmente las mujeres amerindias, daban a sus cuerpos, impresionó a los recién llegados. Una de las primeras imágenes que se difundieron en Europa sobre la llegada de los europeos al Nuevo Mundo, es la celebre alegoría dibujada por Jan Van der Straet para la Americae decima pars, de Jean Theodore de Bry Oppenheim (1619), en la cual vemos al explorador Americo Vespucci ante la india llamada América, desnuda, reclinada en una hamaca [12]
Entre las primeras preocupaciones de los eclesiásticos estuvo la de extirpar en los nativos la costumbre de andar desnudos, puesto que consideraban que esta era la causa del amancebamiento de europeos y nativas, del libertinaje sexual, e incluso, una amenaza para la castidad que debían guardar los religiosos. “Uno es el peligro de la incontinencia por la terrible soledad de los párrocos y la libertad de obrar todo el mal que quieran, con el fomento de la liviandad por la vista y trato continuo con las mujeres y uso de las cosas domesticas; a 1o que hay que añadir la facilidad de las mismas indias que llega al colmo; so pudor es raro, ninguna la fuerza de resistir y aún ellas mismas se ofrecen"[13]
Además existía el rechazo cultural, Fray Luis Zapata de Cardenas, primer arzobispo de Bogotá, en el capítulo 6 de su Catecismo, hace referencia a la necesidad de que los sacerdotes tengan cuidado en persuadir a los nativos de que '1a desnudez es cosa turpe y fea y deshonesta" y mandar con todo rigor que ningún indio ni india ande desnudo y descubiertas sus carnes, sino que les persuada de la fealdad que es andar desnudos.[14]
Sin embargo, la tarea encomendada no resultaba nada fácil para los religiosos. Un misionero franciscano relata una graciosa anécdota: Decidido a vestir a dos nativas que tenia a su servicio, resolvió hacerles unos vestidos a la usanza española: "Del tocuyo les trace a cada una su camisa, y de la bretana tejida de morada con el pacao les hice su armador. Para follera me corte las faldas de mis túnicas, y las hice faldillas, y de un pedazo de crudo, también tenido, les hice delantal. Yo llevaba algunos peines y cintas. Ya que tuve la ropa cosida, una tarde las peine y les até una crizneja, con su cinta. Las hice quitar la pampana y les puse la primera camisa. De ahí el jubón, y de ahí la follera y el delantal; les puse a las orejas, que todas las tienen taladradas, unos zarcillos de cobre amarillo, que yo llevaba desde España muchos abalorios, y de una cuentas de cristal pintadas les puse su gargantilla. Por fin, yo las compuse con alguna decencia. Ya que vino la gente del trabajo, como tenían costumbre venir todos, hombres y mujeres, a rezar antes de anochecer, al ver ellos a las dos aderezadas, armaron tales carcajadas de risa y ademanes de chanza, que las dos se afrentaron de tal manera, que no hubo remedio que se quisiesen volver a vestir".[15]
Un siglo más tarde, aún no había desaparecido la costumbre de los amerindios de andar desnudos, y además similar costumbre había entre los africanos esclavizados y entre las blancas, quienes al parecer habían adoptado de las esclavas la costumbre de andar descubiertas. El obispo Lobo Guerrero recordaba a los sacerdotes: "Los concilios y sanctos encomiendan el venir las mugeres a la Iglesia con habito decente [...] para cuyo effecto tenemos mandado, con pena de excomunion mayor, que ninguna muger se atreba a comulgar con el abuso de los pechos descubiertos y tocados profanos y encargamos a dichas mugeres, por la passion de nuestro senor Jesu Christo, no usen de habito semejante, de tanto escandalo resulta a los fieles, y a los angeles tal horror, ni conscientan que sus hijas anden assi, ni sus esclavas, que son las que han introducido esta mala costumbre.[16]
Las mujeres de toda condición social, pero especialmente las indígenas y esclavas, aparecían como las responsables de la situación de libertinaje y abandono religioso, fruto del proceso de construcción de la sociedad colonial, en la que el amancebamiento era la práctica corriente. Los religiosos responsables de extirpar “el mal”, veían en la libertad sexual de los nativos y las esclavas una de las raíces “del mal” y por eso proponían como remedio la intensificación de la evangelización, que debía terminar con el establecimiento del matrimonio; pero, que de hecho significaba que, junto con la fe que portaban los europeos, los nativos debían adoptar sus parámetros culturales que, entre otras cosas, significaban vestirse.
El problema central que se presentó a los evangelizadores, fue el relativo a las relaciones de género establecidas entre los nativos, puesto que rápidamente reconocieron que no solamente eran sociedades en su mayoría poligámicas, sino que no existía un solo patrón y que las diferencias eran tantas como naciones indígenas conocían.
Se trataba, en cierta forma, de buscar la manera de conciliar la propuesta doctrinaria cristiana con la realidad nativa. En primer lugar, se consideraba la posibilidad de que existieran verdaderos matrimonios entre los "infieles, mientras no se contraiga la ley natural" “[17]; en segundo lugar, que a los nativos no les obligaban los estatutos ni las leyes eclesiásticas, "hasta que por el bautismo se hicieran súbditos de la Iglesia", y que por conversión del marido o de la mujer no se disuelve el matrimonio contraído por los infieles, según sus leyes y costumbres, porque el bautismo quita los pecados pero no deshace el matrimonio.[18]
Por otra parte, los evangelizadores, siguiendo las doctrinas de la Iglesia, consideraban que el matrimonio era un derecho natural de hombres y mujeres por inclinación natural para la procreación, derecho que consideraban debía ejercerse con toda libertad[19] Consideraban que era obligación de los sacerdotes trabajar para que conservaran este derecho, "en especial siendo estos indios ora incapaces de professar otro algún estado de los que la Iglesia tiene, sino el del matrimonio"[20]. Haciendo relación al hecho de que la Corona prohibió1a ordenación de indígenas y mestizos, que los primeros evangelizadores quisieron imponer.
Es decir que los sacerdotes no sólo debían propiciar el matrimonio de los indígenas, en razón de la defensa de un derecho natural, ampliamente defendido por la Iglesia en Europa, sino porque era un remedio al amancebamiento, que era considerado un crimen y, no podían formarlos para el sacerdocio y sobre todo, porque era necesario que se multiplicaran e hicieran productivas las tierras[21]. Las políticas poblacionales de la Corona asi lo disponían, especialmente cuando fueron conscientes del proceso de mortalidad indígena y de la necesidad de brazos para el trabajo. El matrimonio, también en este sentido, fue una piedra angular del edificio colonial.
No obstante, la poligamia seguía siendo una de las dificultades mayores para considerar la validez de los matrimonios realizados por los nativos. En la primera Junta Eclesiástica de México, en 1524, ya se planteaba el problema:
Los sujetos que decían que no eran válidos los matrimonios de los indios en su gentilidad, se fundaban en que no había legítimo contrato con una mujer, y que llegaban a muchas sin saber cuaI era la principal o señoras, y las demás concubinas; que no tenían palabras ciertas para solemnizar el contrato, y no le habiendo, no se podía elevar a razón de Sacramento después del bautismo; fuera de que se casaban con parientas sin distinción. A el contrario, otros decían que muchos indios sólo tenían una mujer por muchos años, o por toda la vida, y aunque otros tenían muchas, era una la señora o principal, a la que reconocían por mujer[22]
La escasa comprensión del idioma de los indios y el poco conocimiento de la cultura de los nativos, hacía parecer que no había matrimonio legítimo entre ellos. La disparidad de opiniones era tan grande que en 1528, don Juan de Zumárraga, primer obispo de México, al no lograr poner de acuerdo a los religiosos y letrados, decidió solicitar una consulta con autoridades eclesiásticas en España. Finalmente, el breve del papa Paulo III, del 1 de junio de 1537, dictaminó que cuando un nativo viniese a la fe, se le diera la primera de las mujeres que tenía en su gentilidad; y si no supiese declarar cuál era la primera, que se le diera la que el quisiese.[23]
En el Nuevo Reino estas disposiciones fueron adoptadas en el primer Sínodo Santafereño, convocado en 1556 por el primer arzobispo de Bogotá, fray Juan de los Barrios.[24] EL Sínodo Santafereño, seguramente tomando en cuenta la realidad de la zona, fue más amplio que el Breve papal, pues los indios no sólo podían casarse con alguna de las esposas que tuvieran, sino con cualquier otra, con tal de que se tomase primero cristiana.[25]
Así, para los líderes religiosos, se hacía necesario saber con exactitud cuál era la primera esposa y para ello se ubicaban en cada pueblo a algunas de las personas que los españoles llamaban licenciados, "que estaban muy instruidos en el matrimonio y en la practica del árbol de la consanguinidad y afinidad", conocían los impedimentos, tanto los establecidos por las leyes nativas como las eclesiásticas, discutían cada caso con los frailes, y luego eran enviados a los obispos y provisores para que determinasen como se debía celebrar el matrimonio, "según las contradicciones que ha habido que no han sido menores ni menos que las del bautismo" [26].
Sin embargo, esta decisión tampoco acabó con las disputas, porque después de haberles dado una mujer, algunos indios declararon que era otra la primera. Además, para complicar más las cosas, había matrimonios clandestinos y las disputas continuaron hasta que se promulgó el Concilio de Trento, el 11 de noviembre de 1563. Desde entonces, la Iglesia católica romana estableció el ritual definitivo del matrimonio, en el que se requerían testigos para la ceremonia, que debía realizar un sacerdote. La clandestinidad se consideró un impedimento canónico y esto le dio a la Iglesia una herramienta para establecer claramente el control. Mientras la Iglesia siguió defendiendo el consentimiento mutuo, las leyes civiles siguieron reconociendo los intereses de la familia y el Estado. Las Siete Partidas, que conferían a los padres el derecho de desheredar a aquellos hijos que desobedecieran a sus consejos sobre un matrimonio adecuado, se siguieron aplicando. Las leyes de Toro reiteraron este principio, al igual que se hizo más tarde, en la Pragmática Sanción de Carlos III en 1776.
Las contradicciones entre la perspectiva eclesiástica y la del Estado español se manifestaron también en 1o relacionado con el esfuerzo hecho por los eclesiásticos en el sentido de la acomodación de la realidad de los nativos con la normativa canónica. La Junta Magna, reunida por Felipe II en Valladolid, en 1568, prohibió todo tipo de acomodación y la publicación de información sobre grandes facultades y buenas cualidades de los indios, e insistió especialmente en 1o que se relacionaba con desplazar a la Iglesia indiana en formación y contribuir a que se impusiera una Iglesia marcadamente española. Se reforzó el derecho de patronato y se tomaron las disposiciones pertinentes para que la Iglesia ayudara al máximo al proceso de aculturación de las comunidades nativas.[27]
Las normativas de Trento y de la Junta Magna fueron adaptadas a la realidad americana por los concilios provinciales de Lima (1582), Nueva España (1585) y las Constituciones Primeiras do Arcebispado de Bahia (1707), en Brasil. En el Nuevo Reino de Granada, las disposiciones de Trento aparecen ya recopiladas en los catecismos[28] de 1576, de fray Dionisio de Sanctis, obispo de Cartagena (1574-1578)[29] y en el del primer arzobispo de Santafé de Bogotá, fray Luis Zapata de Cárdenas (1573-1590), del mismo año.[30] Posteriormente, son retomadas en el Sínodo de Santafé, de 1606, convocado por el arzobispo don Bartolomé Lobo Guerrero. En realidad, el catecismo de monseñor Zapata podría considerarse una verdadera constitución, que bien hubiera salido de un sínodo, si este se hubiese podido realizarse de acuerdo a las intenciones del prelado. Zapata pensó reunir un sínodo diocesano, pero varias razones lo disuadieron. Convocó a los superiores de las órdenes religiosas y a otras personas doctas, y fruto de esta reunión fueron una serie de normas sobre la evangelización de los indígenas, a las que se les dio el nombre de Catecismo. Con esta legislación trató de introducir en la arquidiócesis las normas del Concilio de Trento.
Los primeros catecismos elaborados en el Nuevo Reino fueron la base jurídica para la evangelización de los indígenas y la organización de la Iglesia indiana. El más divulgado fue el de Zapata de Cárdenas, por cuanto el de De Sanctis no logró ser publicado. De todas maneras, la comparación de los dos textos y el análisis del Sínodo de Mons. Barrios, de 1556, y las Constituciones Sinodales del Sínodo de 1606, de Mons. Lobo Guerrero, nos permiten escudriñar la mirada eclesiástica sobre la relación de géneros que imperaba en el siglo XVI en el Nuevo Reino y los mecanismos propuestos para que se produjera un proceso de aculturización tan radical como el que significó el establecimiento del matrimonio monogámico, fundamento de la familia nuclear, base de las relaciones de parentesco de la sociedad colonial y la clave del edificio social.
Referente al matrimonio, en ambos catecismos se insistía en la necesidad imprescindible de conocer primero las leyes que regían entre los indios para sus contratos matrimoniales. Por una parte, estaba el problema de la poligamia, al cual ya hemos aludido; pero no era menos importante para la Iglesia conocer la forma, las ceremonias, "por cuanto entre estos indios hay diversos modos de casarse unos por señas otros por dadivas y otros por palabras" “Pero si las tales señales o dávidas pasan entre los padres sin haber entre ellos aprobación exterior por donde se signifique estar por lo que los padres concertaron y darse consentimiento por muestras exteriores el tal no será matrimonio”[31]. Es decir, que se aplicaba la misma conducta y criterio que para los matrimonios de los cristianos, el matrimonio se consideraba válido cuando había habido libre consentimiento, aspecto que siempre fue defendido por la Iglesia en contra de la perspectiva civil, que defendía la decisión paterna por encima de la de los contrayentes.
Además de la poligamia y las diversas formas de casarse, existían otras costumbres que eran tomadas en cuenta por los religiosos; estas contemplaban casos particulares, como el que pudiéramos llamar matrimonio de prueba (vivían un tiempo juntos y si les parecía bien se casaban, y si no la mujer era devuelta a los padres), u otros casos en que los matrimonios habían sido concertados por los padres de la novia, sin que ella tuviera la menor iniciativa. Otra posibilidad era que los futuros cónyuges se criaban juntos desde pequeños hasta que consumaban el matrimonio en la juventud, y aquellos casos especiales, en que las mujeres tenían el privilegio de elegir marido.
Otro aspecto de los matrimonios indígenas realizados con anterioridad, que se tomaba en cuenta, era conocer bien los impedimentos que para ellos existían, como eran los lazos de consanguinidad y afinidad, puesto que algunas naciones indígenas practicaban la exogamia, y otras, la endogamia. Para decidir sobre la validez de cada matrimonio se debían analizar tanto los impedimentos de las naciones nativas, como los de las leyes canónicas, que siempre prevalecían. El interés por conocer “los modos” estaba relacionado explícitamente con la necesidad de saber si realmente se había realizado con consentimiento mutuo, hecho que defendía la Iglesia para que hubiera matrimonio valido, como hemos dicho.
Los catecismos y especialmente las constituciones neogranadinas de Lobo Guerrero insistían en la libertad matrimonial, porque había un enorme afán, por parte de los civiles, de que se formaran parejas estables de indígenas y africanos esclavizados para que procrearan. Ante el proceso de despoblamiento, ocasionado por las condiciones de vida impuestas a los nativos, especialmente en las encomiendas, y el alto costo de los esclavizados, los encomenderos y esclavistas forzaban a los nativos y a los africanos para que se reprodujeran; contra tal infamia se levantaba la voz de los obispos condenándolos a excomunión mayor.
Igualmente, se repudiaba el hurto de nativas que realizaban tanto indígenas como cristianos y aún clérigos. En su catecismo Mons.Zapata le dedica un capítulo expresamente: “Capitulo de los que hurtan yndias para casarse con ellas. Iten porque algunos hurtan mugeres para casarse con ellas a los quales el derecho llamaRaptores. Quando algun Indio christiano Hurtare alguna yndia cristiana para casarse con ella, todo el tiempo que estuviese ensupoder no se podra casar conella hasta que aprtada la Rapta ypuesta en liberas lo quiera recivir por marido, ya los cristianos les one el concilio pena de excomunión y de infames asi dieren favor o consejo para el Hurto y a cualquier eclesiástico le priva el grado y dignidad que tiene de lo cual todo se advierta”[32]
Las disposiciones de los obispos sobre el matrimonio se vieron reforzadas por los tratados de teología moral y confesionarios impresos a 1o largo del siglo XVII y XVIII. En consonancia con Trento y con las disposiciones de la Junta Magna, la afirmación del matrimonio fue ligada a la negación de cualquier otra forma de relación de género, que admitiese relaciones eróticas y afectivas. La Iglesia, mediante su doctrina canónica de regulación de las relaciones humanas, asoció las transgresiones de estas leyes al concepto de pecado -su incumplimiento llevaba a la condenación del alma-. Se encuentra así la declaración de diversos "crímenes" contra la celebración y la práctica del matrimonio. De esta forma, encuadrando la normativa del matrimonio, convirtiéndolo en sacramento y logrando que se le diera el reconocimiento civil, la Iglesia mantuvo sus prerrogativas de control sobre las personas y la sociedad, además de sus prerrogativas en el plano espiritual.
La teología moral de fines del siglo XVI y XVII pasó a concentrar todas sus energías en la moral sexual y, en consecuencia, esta pasó de tener una posición y secundaria, como tenía en la Edad Media, a convertirse en la denominación de moral con control de la sexualidad. Esta insistencia en la sexualidad implicó que la moral social y las preocupaciones político sociales pasaran a tener una posición irrelevante. Desde entonces, se tendió a identificar el pecado casi exclusivamente con sexualidad; y el cuerpo y la sexualidad femenina, como la fuente provocadora del pecado y, por tanto, el punto en que debía concentrarse toda la fuerza de la represión.
Esta perspectiva tuvo consecuencias muy importantes. Por una parte, trajo gran apoyo al sistema capitalista que se venía implantando tanto en América como en Europa, porque al identificarse el pecado con la sexualidad, no parecía pertinente juzgar la estructura socioeconómica que se estaba implantando, o al menos fue juzgada como un mal menor. Por otra parte, al considerar la sexualidad como un aspecto individual y privado, se individualizaba al pecado y, por tanto, no se consideraba que este pudiera desarrollarse en el dominio de las relaciones sociales; en consecuencia, no había ninguna necesidad de orientar pastoralmente a los fieles a dirigir su atención contra la explotación de los africanos esclavizados o de los indígenas empobrecidos y encomendados por el sistema imperante.
El matrimonio cristiano, que fue vital para establecer las relaciones entre hombres y mujeres y crear los núcleos básicos donde se socializaban las costumbres europeas, fue completado con el sacramento de la confesión, vital en el proceso de aculturación y de occidentalización de las comunidades nativas. La confesión aparece como una técnica psicológica de persuasión sutil, que permite introducir valores culturales que ayudan a establecer la occidentalización de las Indias y no solamente su cristianización. Este sacramento permitía escudriñar el alma y todos los contornos mentales del confesado y fue un instrumento para expresar formas aprobadas por la Iglesia de individualización y culpabilidad y deteriorar los lazos tradicionales y las relaciones interpersonales en las sociedades colonizadas.
Dentro del proceso de evangelización, el matrimonio era el último de los sacramentos al cual tenían acceso los amerindios; su imposición era de capital importancia, puesto que ante todo significaba la ruptura con su pasado de poligamia y el último eslabón de la cadena de evangelización: Doctrina, Bautismo, Confesión, Eucaristía y Matrimonio, que los incorporaba definitivamente a la sociedad colonial.
Hemos regresado al período colonial hispano-americano para mirar la importancia del debate sobre la imposición el matrimonio monogámico y heterosexual tanto ayer como hoy. Esta importancia derivada del hecho de que de ello depende el modelo de familia y esta es una piedra angular de la estructuración del poder y la organización social de una sociedad y sin restarle importancia, adicionalmente, del modelo de sistema religioso que se quiere fortalecer.
Hoy como ayer regular las relaciones de género, y en particular el cuerpo y mente de la mujer, tanto en lo que tiene que ver con la reproducción de la especie, como con la sociabilidad que de allí emerge, es un elemento crucial de las relaciones sociales y de poder. Por eso, como lo hemos demostrado, las estructuras sociales que emergen del campo religioso no se limitan sino que lo trascienden y definen las sociales, culturales políticas y económicas, lo que nos demuestra la importancia estratégica de comprender el funcionamiento religioso para entender el conjunto de la realidad histórica, tanto colonial como actual. Ellas fueron y siguen siendo un elemento central del edificio de la modernidad burguesa capitalista que emerge en el siglo XVI y se fortalece en el XVII y XVIII para afirmarse en el XIX y lograr su plena expansión en el siglo XX con la llamada globalización, que es una nueva fase del mismo proceso y por eso nuevamente el debate sobre el modelo de organización familiar, regulación de las relaciones de género, control del cuerpo femenino y definición de roles vuelve a estar en la palestra porque se trata de acomodar e integrar el conjunto social dentro de un orden más preocupado por maximizar beneficios financieros que procurar el bienestar del común, pero que sabe de la importancia del modelo cultural , cuyo centro es lo religioso y los valores morales para lograr sus objetivos.
En el actual período histórico, y el modelo social, cultural y económico que quiere fortalecer el imperio de turno, aparentemente da espacio al reconocimiento de la diversidad étnica y cultural, como manera de afirmar el modelo democrático, pero al mismo tiempo, impone sus límites en lo que se refiere tanto al modelo económico como al de organicidad de la familia y regulación de la reproducción de la especie, dentro del modelo cristiano-occidental. Lo cual no es de extrañar porque se trata de expandir al máximo el proyecto colonial iniciado hace 500 años. Hoy como ayer, definir y controlar el cuerpo femenino permite establecer la marca, la señal, del avance de la expansión territorial del modelo de sociedad cristiano-occidental. Podríamos decir que aún hoy se hace muchísimo más importante este control del cuerpo femenino y la regulación de la especie por medio del matrimonio monogámico por medio de la expansión y afirmación del modelo cultural y religioso occidental, como el medio más eficiente de imponerlo por que así se trata de que consensualmente se asuma y se defienda por parte de los individuos, la organicidad social y económica que se desea imponer o fortalecer.
[*] Este artículo retoma lo expuesto por la autora, en “Control sexual y Catolicismo” en Las mujeres en la Historia de Colombia. T.II Mujeres y Sociedad, Bogotá 1995 pp. 120-146.
[**] Ana María Bidegain Greising estudió historia en Uruguay y Bélgica donde obtuvo su doctorado en la universidad Católica de Lovaina. Es autora de varios libros y artículos sobre la Historia del Cristianismo en América Latina . Ha sido profesora invitada en las Universidades de Alcalá de Henares, España, en l’ École des Hautes Études en Sciences Sociales en Francia, Notre Dame, Duke y Harvard University, en los Estados Unidos. En Colombia fue docente en la U. Javeriana, U. de los Andes y Universidad Nacional de Colombia donde desarrolló un grupo de investigación sobre la Historia de las Religiones. Fundó el Instituto Colombiano de Estudios de las Religiones – (ICER) para promover el estudio interdisciplinario de este aspecto central de la vida del país. Actualmente es profesora asociada en el Departamento de Estudios de las Religiones en Florida International University F.I.U, en Miami.
[1] AI respecto, Georges Duby afirma: "A las prescripciones del código individual se añaden las de un código de comportamiento colectivo, de un conjunto de normas que se suponen infrangibles y que, ante todo, pretenden definir el estatus respectivo de lo masculino y de lo femenino, repartir entre los dos sexos el poder y las funciones, controlar posteriormente esos acontecimientos fortuitos que son los nacimientos, sustituir la filiación materna, la única evidente, por la filiaci6n paterna, y finalmente, elegir de entre todos los emparejamientos posibles los legítimos, es decir, aquellos considerados los únicos susceptibles de asegurar convenientemente la reproducción del grupo, en una palabra, normas cuyo objeto es, evidentemente, instituir un grupo, oficializar la confluencia de dos “sangres” y, de forma aún más necesaria, organizar mas allá de esas dos personas, la conjunción de dos células sociales, de dos “casas” con el fin de engendrar una célula similar. EI sistema cultural del que hablo es el de parentesco, el código del que hablo es el matrimonial. En el centro de estos mecanismos de regulación, cuya funci6n social es primordial, se sitúa el matrimonio". GEORGES DUBY, “EI matrimonio en la sociedad de la alta Edad Media", en El amor en la Edad Media y otros ensayos, Madrid, Alianza Universidad, 1990, pp 13-14.
[2] PHILIPPE ARIES Y GEORGES DUBY, Historia de la vida privada. El individuo en la Europa feudal, tomo 4, Madrid. Taurus, 1991; JAMES A. BRUNDAGE, Law. Sex and Christian Society in Medieval Europe, Chicago, University of Chicago Press, 1987; L. BULLOUGH Y J. BRUNDAGE, Sexual Practices and the Medieval Church. Bufallo -New York, Prometheus Books, 1982; GEORGES DUBY, El amor en la Edad Media y otros ensayos, Madrid, Alianza Universidad, 1988; idem, Medieval Marriage, Two models from twelfth century France, Baltimore, Londres, Johns Hopkins, University Press. 1979; idem. El caballero, la mujer y el cura. Madrid, 1982; JEAN GAUDEMENT, Le marriage en Occident. Les moeurs et les droits, Paris, Cerf, 1987; JACK GODY, The Development of the Family and Marriage in Europe. Cambridge, Cambridge University Press. 1983; ASUNCIÓN LAVRIN, (coord.), Sexualidad y matrimonio en la América hispánica siglos XVI-XVII, México, Ed. Grijalbo, 1991.
[3] M.D. KNOWLES La Iglesia en la Edad Media. T.III de la colección Nueva Historia de la Iglesia, Edit. Cristianadad, Madid, 1977, p.236.
[4] GEORGES DUBY, EI matrimonio en la sociedad de la Alta Edad Media, pags. 13-31.
[5] El libro de las Leyes, más conocido con el nombre de las Siete Partidas (por el numero de sus divisiones), fue escrito por juristas castellanos a instancias del rey Alfonso x el Sabio; es, sin dudas, la obra jurídica mas notable del siglo XIII, inspirada en los métodos jurídicos desarrollados en Bolonia, recopilando el derecho castellano (libro de los fueros de Castilla y el fuero viejo de Castilla) y todos los conocimientos jurídicos que para entonces se tenían. La diversidad de fuentes, la armonizaci6n del derecho castellano con los principios jurídicos y la calidad literaria, le dieron un amplio reconocimiento y aceptaci6n por fuera de las fronteras de Castilla ver : A.LAVRIN Sexuality&Marriage in Colonial Latin America. University of Nebraska Press, Lincoln and London 1989.
[6] M. D. KNOWLES, La Iglesia en la Edad Media, tomo III de la Nueva Historia de la Iglesia, Madrid, 1977, pag. 230.
[7].JAQUEIINE BALDRAN, "Mujer. cultura y naturaleza" CicIo de conferencias dictado en la Universidad de los Andes, mayo de 1992.
[8] SILVIO BOTERO GIRALDO La Moralidad del Acto Conyugal en la Teología Moral de los Siglos XVII - XVIII. Análisis Histórico-Doctrinal de los Teólogos Moralistas más destacados. Tesis doctoral en la Academia Alfonsina de Roma, publicada en Seminario de Manizales, Colombia, 1983.
[9] A.M. BIDEGAIN Mujer Sexualidad y Conquista. En R.M GRACIO DAS NEVES- A.M. BIDEGAIN América Latina al descubierto. IEPALA, Madrid, 1992 pp153-161
[10] En la Edad Media, la mortalidad infantil era del 80%, de cada cinco niño morían cuatro. En 1750, el 74,5% de los bautizados moría antes de los cinco años en 1769, el 63%; en 1789, e151%; en 1809, el41%. Léase WERNER SCHOLLGEN, Hambre de hombres, citado por Silvio Botero Giraldo, "La moralidad del acto conyugal en la teologia moral de los siglos XVII Y XVIII", Manizales, 1983.p 18
[11] ZAPATA OLIVELLA El hombre americano.
[12] MICHEL DE CERTEAU La escritura de la Historia, Universidad Iberoamericana, Mexico 1985.
[13]JOSE ACOSTA, De la procuranda Indorum Salute, lib.5, c.19. p.500, apud. JUAN MANUEL PACHECO, Los jesuitas en Colombia, tomo I: 1567-1554, Bogota, 1959, p. 41.
[14] FRAY LUIS ZAPATA DE CARDENAS Cathecismo del nt Sr. Fr. Luis Zapata de Cardenas, publicado por JUAN MANUEL PACHECO, Ecclesiástica Xaveriana; VOL. VIII-IX [1958-1959]).p.25
[15] FRAY JUAN DE SANTA GERTRUDIS, O. F. M. Maravillas de la naturaleza, tomo I, pag. 210.
[16] BARTOLOME LOBO GUERRERO Constituciones Sinodales del Sinodo de 1606 celebrado por DON BARTOLOME LOBO GUERRERO, " Capitulo 13 del Sacramento de la cornunion", publicado por J. M. PACHECO, Ecclesiástica Xaveriana, VOL. V, 1955, pp 35
[17] FRAY LUIS ZAPATA DE CARDENAS Cathecismo del nt Sr. Fr. Luis Zapata de Cardenas, publicado por JUAN MANUEL PACHECO, Ecclesiástica Xaveriana; VOL. VIII-IX [1958-1959].p.27
[18]DIONISIO DE SANCTIS Catecismo de fray Dionisio De Sanctis (1574-1578), segunda parte, comentado por MARIO GERMAN ROMERO, Fray Juan de los Barrios y la evangelización del Nuevo Reino de Granada, Bogota, ABC, 1960 p.170
[19] “Lo tercero deben considerar que los hombres y mugeres tienen derecho natural al uso del matrimonio por la inclinación que les dio la naturaleza a la procreación de los hijos,-y asi el concillo Tridentino quiso que nadie 1o impidiesse este derecho y pone graves penas y censuras a los que 1o impidieren” FRAY LUIS ZAPATA DE CARDENAS Cathecismo del nt Sr. Fr. Luis Zapata de Cardenas, publicado por JUAN MANUEL PACHECO, Ecclesiástica Xaveriana; VOL. VIII-IX [1958-1959].p.27
[20] Idem.
[21] "y de los graves dafios que de no casarse se signen, como es estar siempre amancebados o no multiplicarse y quedar las tierras desiertas. FRAY LUIS ZAPATA DE CARDENAS Cathecismo del nt Sr. Fr. Luis Zapata de Cardenas, publicado por JUAN MANUEL PACHECO, Ecclesiástica Xaveriana; VOL. VIII-IX [1958-1959].p.28
[22] citado por MARIO GERMAN ROMERO, Fray Juan de los Barrios y la evangelización del Nuevo Reino de Granada, Bogota, ABC, 1960. p 26.
[23] FRAY TORIBIO DE BENAVENTE, (MOTOLINÍA) Historia de los indios de la Nueva España, México, Fondo de Cultura Económica, 1941, p.127.
[24]"S. S. aprobante, mandamos que cuando los tales [indios] se baptizaren, examinen los sacerdotes con vigilancia cmil fue la primera mujer que tuvieron [...] y averiguando sea compelido a casarse con ella como 1o mandó nuestro muy Santo Padre Paulo ill en la bula que concedió el ano 1537 [...] Y si no se pudiese averiguar cual fue la primera mujer que tuvieron podranse casar con la que quisieren de aquellas que tiene, o con otra, cualquiera que quisiere elegir, tomandose primero cristiana, que asi lo dice la Bula" (Numeral 19 de las Constituciones Sinodales del Sínodo Santafereño de 1556, publicadas por Romero, op. Cit 175.).
[25] Idem.
[26] FRAY TORIBIO DE BENAVENTE, (MOTOLINÍA) Historia de los indios de la Nueva España, México, Fondo de Cultura Económica, 1941, p. 127
[27] A. M. BIDEGAIN, Así actuaron los cristianos en la historia de América Latina, CIEC Bogota, 1985 pp 106-109// Historia dos cristaos na América Latina. Vozes, 1993,pp.114-116
[28] Los catecismos son breves resúmenes de la doctrina cristiana, dispuestos en forma de preguntas y respuestas al alcance de todos. Su uso es antiguo en la vida de la Iglesia y desde fines de la Edad Media aparecieron textos de doctrina cristiana para los niños y el pueblo. Concilio de Trento, con su Catechism us ad Parochos, inició la obra de los catecismos manuales de uso en todo el mundo. En España hubo numerosas publicaciones de este tipo, pero la que condensó las propuestas de Trento y fue mas difundida en Hispanoamerica, influenciando y formando a los católicos latinoamericanos hasta mediados del siglo xx, fue la del jesuita GASPAR ASTETE, Doctrina Christiana con su breve declaración por preguntas, y respuestas, muchísimas veces reeditado.
[29] Beve y muy sumaria instrucción de grande utilidad para enseñar los nuevos en la fé, de lo que deben creer y obrar y de que se han de apartar para ser buenos cristianos, ordenada por el Muy Reverendo Padre Fray Dionisio de Sanctus Maestro en Santa Teología de la Orden de los Predicadores y Obispo de Cartagena de Indias (1576) Esta obra fue publicada por M.G. ROMERO “ El primer escrito para el Nuevo Reino en el siglo XVI”,Boletín Cultural y Bibliográfico, V, Bogotá, 1962, pp.1614-1652.
[30] Catecismo en que se contienen reglas y documentos para quelos curas de yndios, les administen los santos sacramentos. Con advertencias para mejor atraellos al conocimiento denra sancta fe católica. Veáse “Cathecismo del Ill Sr.Luis Zapata de Cárdenas”, publicado por Juan Manuel PACHECO., Art. Cit.
[31] Catecismo de Mons. Zapata, cap. 50 -
[32] Idem, Cap 53